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Régimen de Exportación de Carga en Planta

Nuevos requisitos tecnológicos y otras adecuaciones

 

La AFIP publicó la Resolución General N° 2977/2010, la cual modifica el Régimen de Exportación de Carga en Planta.
Considerando que algunas de las exigencias impuestas por esta Resolución resultaban de difícil cumplimiento y generaban importantes costos para las Pymes exportadoras usuarias actualmente del Régimen, la entidad presentó a la Dirección General de Aduana una nota, elaborada con el aporte y la colaboración de distintas Cámaras y empresas de sector, manifestando algunas inquietudes, observaciones y propuestas que consideramos conveniente sean atendidas.
En este sentido, el miércoles 27 de abril ADIMRA, junto con otras Cámaras empresariales que también habían elevado notas al respecto, fue convocada a una reunión con la Directora General de Aduana para abordar el tema.
En dicha reunión se informó que se realizarán adecuaciones a la condiciones requeridas por la Resolución General (AFIP) 2977, recogiendo en su mayoría los planteos presentados por el sector privado.
Si bien la norma que establece estas adecuaciones aún no ha sido publicada en el Boletín Oficial, podemos adelantar lo siguiente:
• Se creará un marco de excepción para aquellos operadores que actualmente están operando con el Régimen anterior y que por cuestiones particulares no puedan cumplir con los nuevos requisitos. Es importante destacar en este punto, que si bien existirá un marco de excepción que deberá ser presentado ante la Aduana de la Jurisdicción a fin que la misma realice un análisis sobre su correspondencia, la tendencia es a aumentar los niveles de seguridad requeridos.
• Se reducirán los Requisitos Tecnológicos, bajando los niveles de exigencia. El día 9 de Mayo se ha publicado en la página web de la AFIP la nueva versión de los Requisitos Tecnológicos correspondientes a la Res. Gral. AFIP N° 2977/10 bajo el titulo Exportadores – Solución Tecnológica a Implementar en Planta. Pueden acceder a la página de la AFIP a través del siguiente link
• Se prorrogará la entrada en vigencia de la norma. 
 
Para realizar alguna consulta sobre el particular, pueden dirigirse a ll ADIMRA a la Lic. María Victoria Vidal: teléfono (011) 4371-0055 int. 183 o vía mail a mvidal@adimra.org.ar.


 

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