REGLAMENTO
El Comité de Presidencia de la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina –ADIMRA- ha resuelto brindar apoyo o beneficio económico con motivo de la presencia de empresas metalúrgicas argentinas en ferias internacionales, misiones comerciales o industriales al o del exterior y cualquier tipo de evento de carácter promocional que tenga por objeto favorecer la inserción de nuestras empresas en el mercado mundial.
La oportunidad, adjudicación y tipo de apoyo económico se encuentra reglamentado por el presente:
Primera. OBJETO
ADIMRA apoyará económicamente la participación en eventos promocionales y/o ferias internacionales de las empresas metalúrgicas que se encontraran a la fecha del evento al día con el pago de la Contribución Convencional Empresaria Acuerdo Nº 58/01 y lo requieran a través del formulario de solicitud provisto al efecto.
Segunda. DESTINO DEL BENEFICIO
Este beneficio estará destinado exclusivamente por las empresas metalúrgicas a efectos de solventar en forma exclusiva los costos que demande la participación de las empresas solicitantes en dichos eventos promocionales y /o ferias internacionales. En aquellos casos en que dos o más empresas se reunieran bajo el concepto de “grupo exportador”, “consorcio”, “holding”, o designación similar y que conjuntamente consignaren un único e idéntico representante para asistir al evento o feria de promoción internacional, se otorgará un solo beneficio.
Tercera. SOLICITUD DE BENEFICIO
A efectos del otorgamiento del beneficio se deberán cumplimentar los siguientes requisitos:
- Ser empresa productora metalúrgica, mecánica, electrónica, electromecánica o metalmecánica.
- Existir relación entre la producción de la empresa solicitante y la feria y/o evento a desarrollarse.
- Completar y suscribir el formulario de “Solicitud de Beneficio” provisto por ADIMRA con posterioridad a la realización del evento y antes de los 60 días de producido el mismo.
- Encontrarse al día con el pago del aporte empresario obligatorio proveniente del Acuerdo Nº 58/01 Resolución Homologatoria S.S.R.L. Nº 227/01 a la fecha del evento o acogerse a un acuerdo de pago por ese concepto.
- No haber requerido y obtenido en el año más de 3 beneficios con motivo de la participación en eventos promocionales y/o ferias internacionales.
Cuarta. MONTO DEL BENEFICIO
El monto a ser entregado por ADIMRA a las empresas que reúnan los requisitos consignados en la cláusula anterior será determinado por ADIMRA en cada caso y para cada evento. Éste será, en cada evento y/o feria, de igual importe para todas las empresas solicitantes. Dicha determinación se llevará adelante según el presupuesto, la cantidad de participantes solicitantes y el costo total del evento.
Quinta. PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO
La presentación del formulario de “Solicitud de Beneficio” deberá presentarse ante él o los responsables de ADIMRA que tendrán a cargo dicha tarea. Estos tendrán como función la recepción de toda la documentación probatoria de la participación de la empresa en el evento a fin del inicio del trámite y serán los encargados de notificar a las empresas la adjudicación o no del mismo.
Sexta. EVALUACIÓN
La determinación de la entrega del beneficio estará supeditada a la evaluación que realicen las autoridades de ADIMRA. Para ello se tendrá en cuenta que el evento sea de carácter netamente metalúrgico, mecánico, electrónico o electrometalmecánico. En caso de que el mismo no revista ese carácter pero resulte de interés, por las connotaciones comerciales, para una o un grupo de industrias metalúrgicas la decisión o no de entregar el beneficio quedará supeditada a la decisión de las autoridades de ADIMRA.
|